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Resoluciones y actas

Resoluciones y actas institucionales publicadas por la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía.

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Resolución RECTORADO Emitida el 25/09/2024

RESOLUCIÓN RECTORAL N° 220-2024-UNIA-R

Visto
Mediante Resolución Rectoral Nº 43-2024-UNIA-R de fecha 04 de marzo de 2024 y la Resolución de Consejo Universitario Nº 476-2024-UNIA-CU de fecha 15 de setiembre de 2024; con los demás recaudos que contiene, y;
Se resuelve
ARTÍCULO PRIMERO. – DEJAR SIN EFECTO en todos sus extremos, la Resolución N° 43-2024-UNIA-R de fecha 04 de marzo de 2024, a partir de notificada la presente, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. – DELEGAR las facultades administrativas y resolutivas al Director General de Administración para ejecutar todos los actos administrativos necesarios para el desarrollo institucional y prestación de los servicios, en el margen de la Ley de Contrataciones del Estado, las siguientes facultades: 1. Aprobar los expedientes de contratación. 2. Aprobar las bases administrativas, 3. Disponer la cancelación de los procesos de selección. 4. Declarar la perdida de la buena pro. 5. Contratar directamente en el supuesto establecido en el inciso e), g), j), k) l) y m) del artículo 27º numeral 27.1 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado. 6. Suscripción y modificación de los contratos con los postores ganadores de los procedimientos de selección. 7. Aprobar las contrataciones complementarias concordante con las normas vigentes 8. Supervisar y realizar el seguimiento del Plan Anual de Contrataciones, la adopción de medidas y deslinde de responsabilidades, cuando corresponda. 9. Informar al Tribunal de Contrataciones sobre supuestas infracciones a la normatividad de contratación estatal y suscripción de documentos relacionados a ellos para cualquier tipo de proceso de selección o modalidad de selección. 10. Aceptar en los procedimientos de selección de ejecución de contratación de bienes y servicios, las ofertas económicas que superen el valor referencial y el valor estimado de la convocatoria respectivo, hasta los límites máximos permitidos. 11. Autorizar al contratista la subcontratación de determinadas prestaciones del contrato hasta el porcentaje que establece el reglamento. 12. Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado o referencia sea igual o menor a cincuenta (50) UIT, dentro del marco dispuesto en el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 13. Supervisar y ejecutar el seguimiento al proceso de planificación, formulación, aprobación y ejecución oportuna del Plan Anual de Contrataciones. 14. Suscribir convenios interinstitucionales con entidades públicas nacionales para contratar bienes y/o servicios en general, en forma conjunta a través de un procedimiento de selección único, así como de ser el caso, recibir los requerimientos de las entidades participantes, consolidar y homogenizar las características de los bienes y servicios en general, y otros actos establecidos en el TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 15. Resolver las solicitudes de ampliación contractual de bienes y servicios. 16. Autorizar y suscribir las actas de suspensión de plazo en bienes y servicios. 17. Aprobar las penalidades impuestas a los diversos contratistas, así como emitir las diversas resoluciones dentro del marco del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. 18. Autorizar las ejecuciones de prestaciones adicionales y deductivos o reducciones en el caso de bienes, servicios. 19. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en los contratos de obra. 20. Otras atribuciones que no están impedidas para delegar por mandato legal. ARTÍCULO TERCERO. – DISPONER, que todos los actos administrativos que ejecute el funcionario delegado son de su exclusiva responsabilidad y estarán sujetos a la supervisión de la normativa específica correspondiente. ARTÍCULO CUARTO. – DEJAR SIN EFECTO, a partir de notificada la presente resolución, todo acto resolutivo de menor o igual jerarquía que se oponga a la presente decisión rectoral, la cual se puso de conocimiento la presente decisión en la Sesión Ordinaria de Consejo Universitario N° 02-2024-UNIA-CU de fecha 28 de febrero de 2024. ARTÍCULO QUINTO. – ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General la notificación y distribución de la misma.