Resolución CONSEJO UNIVERSITARIO Emitida el 19/09/2024
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 500-2024-UNIA-CU
- Visto
- El acuerdo adoptado en Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario N O 37-2024-UNIA-CU de fecha 19 de setiembre de 2024; la Resolución Rectoral N O 216-2024-UNIA-R de fecha 18 de setiembre de 2024, con los demás recaudos que contiene, y;
- Se resuelve
- PRIMERO. - INCLUIR en la Resolución Rectoral N O 216-2024-UNIA-R de fecha 18 de setiembre de 2024 a la Dirección de Interculturalidad en el artículo tercero a la Dirección de Interculturalidad, quedando redactado y ratificado de la siguiente manera: "ARTICULO PRIMERO. - AUTORIZAR a la Dirección de Responsabilidad Social Universitaria de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, la implementación del Programa Piloto de Lenguas y Culturas Amazónicas, para ello deberá contralar los Servicios de Sabios y Sabias Indígenas en coordinación con ORNAU y ORAU. ARTÍCULO SEGUNDO. - Los sabios y sabias indígenas se encargarán de elaborar su plan de trabajo, su reglamento, apoyar en la docencia a los docentes que los soliciten, apoyar en labores de investigación a so/icitud de los investigadores y coordinarán con las organizaciones indígenas y comunidades nativas el desarrollo de actividades académicas relacionados a lenguas y culturas y saberes ancestra/es, biodiversidad, plantas medicinales y otros relacionados al desarrollo académico e investigación de las carreras profesionales que oferta de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia. ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR a la Dirección de Responsabilidad Social Universitaria de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia en coordinación con la Unidad de Abastecimiento y la Dirección de Interculturalidad la contratación de los setvicios de los sabios y sabias indígenas para el cumplimiento de la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO. - REMITIR, la presente Resolución al Consejo Universitario para su ratificación, ya que el presente acto es con cargo a dar cuenta al estamento antes indicado. ARTÍCULO QUINTO. - ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la notificación y distribución de la misma, " SEGUNDO. - DEJAR SIN EFECTO, a partir de notificada la presente resolución, todo acuerdo o acto resolutivo de menor o igual jerarquía que se oponga a la presente decisión de Consejo Universitario de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia. TERCERO. - ENCARGAR al Secretario General notificar la presente Resolución a la parte interesada y demás dependencias pertinentes de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia.